Las reformas laborales en España en aras de la flexiguridad y las que quedan pendientes para recuperar derechos sociales
Palabras clave:
Reforma laboral, Flexiguridad, Flexibilidad externa, Flexibilidad interna, Flexibilidad en la salida, Contratación, Condiciones de trabajo, Cambio de condiciones de trabajo, DespidoResumen
En la actualidad, en algunos sectores se argumenta que el Derecho del Trabajo ha quedado, por así decirlo, desfasado, que es propio de otras épocas y siendo efectivamente necesario que establezca unos derechos mínimos, ya no es necesario que sea tan garante y tan rígido para regular las nuevas relaciones laborales. Hasta el punto que algunos detractores hablan de la rigidez del derecho del trabajo, esto es, que es poco sensible a las necesidades de adaptación de la empresa a las situaciones del mercado y la necesidad, en consecuencia, de flexibilizarlo, de tal modo que la empresa se pueda adaptar a las variaciones constantes del mercado moderno, pudiendo, por ejemplo, variar horarios, jornadas, funciones, número de trabajadores en función de las necesidades que experimente su actividad empresarial. Estas reivindicaciones se escuchan con más fuerza conforme nos asola cada crisis económica sucesiva en el tiempo, como panacea para recuperarse de la misma. Incluso se llega a decir que la supuesta rigidez del ordenamiento laboral es la causa de las crisis económicas que se sufren y, por lo tanto, con cada crisis que nos embiste, sea ya porque se crea que el derecho laboral es la causa exclusiva de las mismas o porque se alegue que es una de las causas, al menos, se vuelven a escuchar las voces de la necesidad de flexibilizar todavía más el derecho del trabajo. En todo caso, se propugna, al menos que esta flexibilización del Derecho Laboral se debe llevar a cabo procurando su compatibilidad con la seguridad en el empleo para los trabajadores, lo que se bautiza con el término de “Flexiguridad”. Pero, ¿en qué consiste esta flexibilización del Derecho del Trabajo, como se ha llevado a cabo en España y se ha compatibilizado realmente con la seguridad en el empleo para el trabajador, se ha conseguido ese equilibrio?